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  • Consulta : 280568
  • Autor : Diego_V
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    Respuesta No: 390180

  • Diego_V
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es cierto que existe una violación a la privacidad pero la constitución es clara respecto de ello, el párrafo 12 del artículo 16 dice “Las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionara penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacia de las mismas, EXCEPTO CUANDO SEAN APORTADAS DE FORMA VOLUNTARIA POR ALGUNO DE LOS PARTICULARES QUE PARTICIPEN EN ELLAS. El juez valorara el alcance de estas, siempre y cuando contengan información relacionada con la comisión de un delito. En ningún caso se admitirán comunicaciones que violen el deber de confidencialidad que establezca la ley.” Así que no es ilegal la grabación siempre que se presente en un juicio.