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Fecha de respuesta: Martes 26 de Julio de 2016 21:54 2016-07-26 21:54 desde IP: 201.141.213.129
Buenas noches.
No se sobresee por no haber agotado el principio de definitividad, sino porque consentiste el acto… es decir, que no contestaste la apelación en tiempo y forma…
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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