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  • Consulta : 280484
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 389902

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    karina

    Usted debe proporcionar informes acerca de los motivos por los cuales el juez dictó auto suspendiendo el proceso, así como la clase de juicio que se está substanciando, pues hay diferentes términos (plazos) para los antiguos juicios sumarios y ordinarios, así como para los nuevos de proceso oral.

    No obstante lo anterior, le informo que cabe la posibilidad de promover juicio de amparo señalando como acto reclamado el de "denegación de justicia" consistente en que el juicio penal esté suspendido, sobre todo si ya se agotaron los plazos para concluir el juicio que establece el artículo 20 Apartado "B" fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:

    VII. Será juzgado antes de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año si la pena excediere de ese tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa;