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AutorRespuesta No: 389786
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Fecha de respuesta: Domingo 10 de Julio de 2016 22:41 2016-07-10 22:41 desde IP: 201.141.152.255
En cuanto la Secretaría de Finanzas inicie el procedimiento administrativo de ejecución, debe acreditar ser el propietario del inmueble y que la persona moral que generó la obligación cambió su domicilio fiscal sin dar aviso. Pero claro está que usted no tiene obligación alguna.
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