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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Julio de 2016 14:37 2016-07-01 14:37 desde IP: 189.180.172.246
la patria potestad... no se vende... cede... dona... renta... es un imposible juridico... lo que puedes hacer es demandar el pago de alimentos... el aseguramiento del pago por medio de embargo de tiliches o propiedades de el... pedir la perdida de la patria potestad... y la custodia provisional y en su momento la definitiva... pero no puedes quitarle el apellido a tu hija... por...TUS payasadas... ese es otro imposible jurídico... "Por azares del destino me embaracé..."... eso no pasa... te embarazaste porquer tu te descuidaste... ya en estas epocas no puedes decir eso... el reconocimiento de este señor es válido... y la obligacion de dar alimentos... no se rompe con nada... y solo es para la niña... para ti... nada...
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