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- Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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AutorRespuesta No: 389408
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Junio de 2016 10:08 2016-06-23 10:08 desde IP: 189.242.77.180
Se tendrá que abrir un juicio sucesorio intestamentario y designarse el albacea en este, y con las copias certificadas del nombramiento de albacea se tendrá representación legal de su extinto padre y podrá cobrar, equeriri, administrar y hasta vender bienes (previa la autorización del juez y coherederos). Contrata los servicios de un abogado especialista en materia familiar, si no cuentas con recursos, acude a la defensoria de oficio que se encuentra en los juzgados familiares frente a Bellas Artes, edificio marrón.
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