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  • Consulta : 280232
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 389432

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si tu firmaste como obligado solidario a favor de otro... tienes obligación de pago con el acreedor... mientras no tengas bienes en común con tu esposa... no podrán quitarte esos bienes... pero puedes caer en actos fraudulentos.... fraude a acreedores... y hayas recibido una fracción o no de ese dinero... eres deudor... si van a poner una propiedad en garantía... los deudores... tu abogado... sabe como exhibirla en un juzgado... y librarte de la carga... quiera o no el banco... porque es un bien duro... que protege la deuda... ve con el deudor y pide que su abogado haga las gestiones ante el juzgado del lugar... el sabe que hacer...