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  • Consulta : 280219
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 389366

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Si bien es cierto que los alimentos son de orden publico y de caracter irrenunciable, lo que implica que no pueden ser motivo de negociacion; no menos cierto es que a tu favor tienes el derecho de adecuada defensa, lo que implica que puedas saber si efectivamente ese embarazo puede llevar tu apellido; creo que atinadamente se te ha comentado que lo ideal es que esperes al alumbramiento y derivado de ello realizar una accion judicial para efectos de verificar la paternidad o bien cubrir la obligacion alimentaria...suerte. LIC. ESTRADA Asesoria en linea sin costo por whatssap 55 43442775.