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  • Consulta : 280207
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mí estimado (a) consultante Cuatrovientos2015

    Mire, debe su suegra acercarse a un abogado, ya que es necesario promover una TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO, toda vez que se puede inferir válidamente que este procedimiento es aquél del que dispone la persona a quien se le ha embargado indebidamente un bien de su propiedad en un juicio al que es ajena y que se hace valer con el propósito de acreditar que se tiene derecho de propiedad sobre dicho bien, a fin de sustraerlo de la ejecución que lo afecta, esto es, que el indicado trámite tiene por objeto que se declare que el tercero opositor es dueño del bien que está en litigio en el juicio, que se levante el embargo que ha recaído sobre él y que se le devuelva con todos sus frutos y accesorios.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE