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  • Consulta : 280191
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 389336

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    mmmmjjjj... eres aval... ers deudor a nombre del principal de la deuda.... y si el unico bien que tienes ...tiene un gravamen... eso no significa que no peuda ser rematado para pagar la deuda... esto es muy comun... al momento de rematar... con el dinero que se obtenga... deberá pagarse ´primero el primer gravamen y si sobra... el segundo... sino... seguiran siendo deudores...