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Fecha de respuesta: Domingo 19 de Junio de 2016 20:43 2016-06-19 20:43 desde IP: 189.180.205.67
mmmmjjjj... eres aval... ers deudor a nombre del principal de la deuda.... y si el unico bien que tienes ...tiene un gravamen... eso no significa que no peuda ser rematado para pagar la deuda... esto es muy comun... al momento de rematar... con el dinero que se obtenga... deberá pagarse ´primero el primer gravamen y si sobra... el segundo... sino... seguiran siendo deudores...
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