- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 280184
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 389284
-
Fecha de respuesta: Jueves 16 de Junio de 2016 18:40 2016-06-16 18:40 desde IP: 189.180.205.67
segun el delito denunciado... hasta la prescripcion del mismo... una reserva... significa... falta de elementos... el delito es la accion...tipica... antijuridica...culpable y punible... esto significa que ...tipico.. que de el tipo penal ... que el delito este en el codigo penal... sino esta... no es delito... que sea una conducta antijuridica... es ecir... contraria al dicho del codigo... comee el delito de homicidio el que ´priva de la vida a otro... culpable... que haya a quien culpar... punible.. . que tenga una sanción... una pena... si el delito carece de uno de estos elemntos en su conducta... se reserva.. para que den o aporten mayores datos,,, infomres y evidencias de la existencia de la conducta... ese el el trabajo del abogado... defender la existencia del delito... defender la inexistencia del delito o en su caso... justificar la conducta.... que en su momento fue criminal...
-
Autor





