Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 280128
  • Autor : Magister Curiae
  • Consultas en Foro: 11
  • Respuestas en Foro: 1120
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 389476

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Taib

    El(La) albacea tiene la obligación que le impone la ley de presentar inventarios y avalúos, mismos que el juez solicita a los demás herederos que sean aprobados, pero los demás herederos los pueden aprobar u objetar

    Solamente después de que hayan sido aprobados los inventarios y avalúos, se inicia la sección tercera del juicio que se refiere a la administración del acerbo hereditario, donde también la albacea debe rendir cuentas y en su caso que los demás herederos aprueben esas cuentas o las objeten.

    Si las cuentas son aprobadas, se cierra la sección tercera y se abre la sección cuarta que es la de partición y adjudicación de la herencia, sección en la que la albacea debe realizar una propuesta de partición y adjudicación que necesariamente también debe ser sometida a la aprobación de los demás herederos

    En el caso de usted, habrá que ver si cada local tiene exactamente el mismo valor que los restantes, así como que habrá que tomar en cuenta que el valor de la casa y el del departamento debe ser muy diferente al de la suma de los locales o al valor unitario de cada uno de ellos, de tal manera que la única propuesta que pudiera ser aprobada por la mayoría de las herederas será la de vender los bienes y repartir el total del dinero en nueve partes iguales.

    Claro está que es de suponer que su hermana albacea esté en desacuerdo con esta medida, pero no le quedará más remedio que someterse a la mayoría de votos que decida cómo hacer la partición y adjudicación de la herencia o de aceptar un arreglo en el que se pudiera aplicar la cesión de derechos que en su favor consta en escritura notarial y el convenio verbal.

    Por cierto que el hecho e que su hermana albacea deje de rendir cuentas le puede ocasionar una responsabilidad penal, tanto local por lo que hace al perjuicio que las demás herederas resientan, como por un delito federal de defraudación fiscal, pues usted mencionó que ella cobra las rentas de inmuebles arrendados, así que tiene que pagar los impuestos al fisco federal en nombre y representación de su difunto padre.