Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 280123
  • Autor : Magister Curiae
  • Consultas en Foro: 11
  • Respuestas en Foro: 1120
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 389177

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo

    Lamento mucho que usted venga a estos foros para dar respuestas tan faltas de profesionalismo como la muestra que se lee en la presente consulta, por abogados como usted es que se ha generado desprestigio a nuestra profesión, pero si desea aprender un poco acerca de cómo comportarse, lea la respuesta que doy a el(la) consultante.

    jfbg70

    La respuesta correcta se la ha proporcionado el forista " Ochoa, Donis S.C.", mientras que "PeregrinaSalazar" y "garovalo" están por completo equivocados, cuenta habida que se exhiben como completos ignorantes de que el Código Civil establece dos formas de heredar: por cabeza (que serían los hijos del abuelo) y por estirpes (la parte de un hijo muerto pasa a sus hijos), siempre y cuando el testador haya omitido herederos substitutos o el acrecentamiento de la herencia de los que estén vivos.