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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Junio de 2016 19:05 2016-06-11 19:05 desde IP: 187.199.126.186
garovalo
Lamento mucho que usted venga a estos foros para dar respuestas tan faltas de profesionalismo como la muestra que se lee en la presente consulta, por abogados como usted es que se ha generado desprestigio a nuestra profesión, pero si desea aprender un poco acerca de cómo comportarse, lea la respuesta que doy a el(la) consultante.
jfbg70
La respuesta correcta se la ha proporcionado el forista " Ochoa, Donis S.C.", mientras que "PeregrinaSalazar" y "garovalo" están por completo equivocados, cuenta habida que se exhiben como completos ignorantes de que el Código Civil establece dos formas de heredar: por cabeza (que serían los hijos del abuelo) y por estirpes (la parte de un hijo muerto pasa a sus hijos), siempre y cuando el testador haya omitido herederos substitutos o el acrecentamiento de la herencia de los que estén vivos.
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