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AutorRespuesta No: 389108
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Junio de 2016 08:07 2016-06-09 08:07 desde IP: 189.180.205.67
las concesiones que da el estado... están sujetas a reglas especiales... y no se puede hacer con ellas... actos traslativos de dominio... vender... ceder... donar... permutar.... y por lo mismo.. no es parte del patrimonio de una familia y no es parte de la liquidación de la sociedad conyugal... el carro... si... ese no es una concesión... es una propiedad...
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