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  • Consulta : 279969
  • Autor : PEGSA
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  • Autor
    Respuesta No: 388905

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que si su esposo registró al niño como suyo, el tiene la obligación de proporcionarle alimentos al mismo, y bueno, existen otros derechos a favor del hijo como derecho hereditarios… ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Ahora bien, no es claro a que se refiere cuando menciona que la señora esta solicitando la patria potestad, porque los padres simplemente por ese hecho, detentan la patria potestad que puede entenderse como la representación que se tiene del menor para ejercitar a su favor derechos y obligaciones del mismo. ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Por lo que su pregunta no es clara, ya que entendemos que la mamá puede pedir la guarda y custodia del menor a efecto de que ella tenga el cuidado del mismo hasta que sea mayor de edad (Es decir que el niño viva con la mamá) o lo otro sería la perdida de patria potestad por no dar alimentos… para mayor información necesitaría aclarar ese punto. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”