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AutorRespuesta No: 388901
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Mayo de 2016 01:53 2016-05-25 01:53 desde IP: 201.141.198.1
Buenas noches. Una última cosa, si el inmueble es terreno ejidal, del gobierno federal o local, en el primero de los casos no lo podrás inscribir en el Registro Publico hasta que lo desincorpores del Registro Agrario Nacional y se vuelva de apropiación privada y si es del gobierno, lamento decirte que te vendieron algo que no se podía vender y jamás serás dueño de ese inmueble. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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