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  • Consulta : 279964
  • Autor : PEGSA
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  • Autor
    Respuesta No: 388901

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches. Una última cosa, si el inmueble es terreno ejidal, del gobierno federal o local, en el primero de los casos no lo podrás inscribir en el Registro Publico hasta que lo desincorpores del Registro Agrario Nacional y se vuelva de apropiación privada y si es del gobierno, lamento decirte que te vendieron algo que no se podía vender y jamás serás dueño de ese inmueble. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”