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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Mayo de 2016 16:41 2016-05-21 16:41 desde IP: 189.192.90.115
Buenas tardes. Puede hacer valer el derecho del tanto en la venta que hagan los socios de la parte que les corresponda. Ahora bien, si existe una sociedad, debe existir un estatuto que señale como se debe proceder en cualquier caso que se presente; salida de un socio, muerte, liquidación etc. Saludos
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