- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 279920
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 388833
-
Fecha de respuesta: Viernes 20 de Mayo de 2016 10:31 2016-05-20 10:31 desde IP: 189.180.211.163
el que construye en ajeno... pierde lo propio y lo ajeno... esto quiere decir que lo construido es para ti y no tienes que dar nada por ello... tu debes buscar un abogado especialista en derecho civil... y hacer una acción reivindicatoria... que tu abogado inscriba como gravamen en la escritura ...la demanda,,, para que se rompa cualquier acción de prescripción
-
Autor





