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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Mayo de 2016 00:10 2016-05-20 00:10 desde IP: 201.141.220.129
Buenas noches. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que debe iniciar un juicio reivindicatorio, solicitando la entrega del mismo. En cuanto a la construcción, el Código Civil se puede pedir la demolición si hubo mala fe de los poseedores de acuerdo con el articulo que dice: El dueño del terreno en que se haya edificado con mala fé, podrá pedir la demolición de la obra, y la reposición de las cosas a su estado primitivo, a costa del edificador. Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría. “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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