- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 279860
- Autor : Monic
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 127
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5565
-
: 40 % -
: 59 %
-
AutorRespuesta No: 388690
-
Fecha de respuesta: Viernes 13 de Mayo de 2016 23:15 2016-05-13 23:15 desde IP: 201.170.152.202
Tipo de documento: Jurisprudencia Séptima época Instancia: Tercera Sala Fuente: Apéndice de 1995 Tomo: Tomo IV, Parte SCJN Página: 117 COMPRAVENTA, CONTRATO INFORMAL DE. La Suprema Corte de Justicia ha establecido claramente la distinción entre los contratos de promesa de venta y de compraventa; y ha considerado que cuando las partes convienen en el precio y en la cosa y aun entregan ambos o sólo uno de ellos, pero no se llenan las solemnidades externas del contrato, se está en presencia de lo que la doctrina reconoce con el nombre de contrato informal de compraventa. Séptima Epoca: Amparo directo 893/59. Jesús Vargas Pérez. 7 de marzo de 1960. Cinco votos. Amparo directo 4977/60. Delfina Guadarrama. 29 de junio de 1961. Cinco votos. Amparo directo 7987/65. María Esquivel de Lara. 6 de noviembre de 1967. Cinco votos. Amparo directo 500/73. Gloria de Valois Cabiedes. 10 de enero de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 2871/82. Julio Llaguno Manzano. 30 de junio de 1983. Cinco votos.
-
Autor





