- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 279675
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 388259
-
Fecha de respuesta: Viernes 22 de Abril de 2016 11:54 2016-04-22 11:54 desde IP: 187.144.36.115
si la rentaste y no pagaste impuestos... sobre esa entrada en arrendamiento... será en base a lo que el fisco acredite... el notario... no debe y no puede retener dinero... pedir dinero... o hacer pago de ese crédito fiscal... ya que solo debe ver y velar por el pago del isr... el de traslado de dominio... la actualización predial... y la inscripción ante el registro publico de la propiedad... y sus honorarios... x lo general... todo junto no debe rebasar el 11% del monto de la operación...
-
Autor





