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  • Consulta : 279672
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 388365

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Yo quiero aportar algo: Mucha gente y seudo-abogados, tratan de darle publicidad a documentos privados, ya sean contratos de compraventa, cesiones, cartas o escritos, al llevar a cotejar una copia fotostática a los notarios, tratándo con esto sorprender la inteligencia de las personas y de los juzgadores, ofreciéndolos como prueba en juicios y ante diversas autoridades, creyendo en su torcido cerebro, que el notario al certificar que una copia fotostática es fiel reproducción de su original, con eso lo hacen un documento público. Siendo totalmente erroneo. Luego entonces, si usted no fué a ratificar ante el notario el contrato de cesión que dice tiene su esposa, entonces ese documento carece de validez. Pues lo que el notario le pudo haber realizado es un cotejo de un original, más no pudo el notario certificar su ratificación de su firma al no comparecer usted ante este.