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  • Consulta : 279532
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 387989

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno, está raro. Porque el notario que tiró la escritura la tiene que inscribirla en el registro público de la propiedad y del comercio, en sus honorarios va implicito el pago de la inscrición. Checa en la ecritura que notaria hizo la escritura y acude a ella para que se concluya con ese tramite.