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  • Consulta : 279415
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
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  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Camacho: ¿¡¿Desde cuándo la muerte de la esposa ó ex-esposa exingue la obligación de liquidar la sociedad conyugal dejando a los herederos de la fallecida sin derechos hereditarios?!? No me extrañaría que usted opinara que la muerte de uno de los socios de una S. A. acrecenta el capital de los otros socios, pero tan mal sería esta opinión como la que usted ha expresado en la presente consulta.