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AutorRespuesta No: 387792
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Marzo de 2016 12:03 2016-03-26 12:03 desde IP: 177.228.62.91
Estimado Gilmen, lo primero para dar una opinión más certera y que no dejas claro, es que si bien es cierto que vives con tus papas, que bienes (muebles, autos, propiedad) de esa casa están a tu nombre, pues existe un principio en derecho que como señalas que no tienes nada, no hay nada ante lo imposible, por lo tanto si no tienes bienes que embargar no te pueden hacer nada, a pesar de amenazas que pudieran surgir de daño patrimonial o de pérdida de libertad y demás, esto no es posible por lo que señalas de tu patrimonio con el cual respondes, solo que ellos hayan sido avales (en ese caso quien forma de aval es codeudor en igualdad de circunstancias). Del estado que guarda el procedimiento por lo que mencionas si acudirán a la casa de tus papas, si es que te tienen ubicado en ese domicilio o si son avales, es importante entender que la deuda es tuya y en su caso de tu aval, por lo que al acudir el acreedor en compañía del Actuario ustedes deben tener como probar la legítima tenencia de la propiedad de sus bienes muebles (con facturas) e inmuebles (escritura o contrato) para evitar un daño patrimonial a tu familia. Por otro lado no me es claro cuál es el importe señalado si la base de acción se trata de un pagare del que solo se adeudan $2,000 (dos mil pesos) aunque el pagaré es autónomo se puede demostrar que deriva de un contrato y que existen los recibos de pago que debieron hacerse efectivos en tiempo y forma en el periodo correspondiente dentro del juicio, por lo que no se puede tener la base de cómo se llega a la cantidad que señalas. Se requiere saber con certeza si es solo un decir de quien te contacta o en la demanda el Juicio que mencionas donde marca dicha cantidad, pues a priori diría que se fue por rebeldía al no dar respuesta a la demanda y con ello dar por aceptada la imación etc. son varios elementos que se deberían ver por lo que no es claro. pero lo que si es importante debes tener la claridad de que los bienes de tus papas están a nombre de ellos o de un tercero para evitarles un dolor de cabeza. Espero te haya sido de utilidad. y trata de llegar a un acuerdo de pago, pues recuerda que lo que debemos se debe recuperar, por tu bienestar y de tu familia.
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