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  • Consulta : 279411
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Este apartado es para las asesorías, no para las tareas. Te deberías poner a inventigar y no quitarle una oportunidad valiosa a una persona que si necesite de una asesoría. Pero en fin, mientras entinden: Las Instituciones penitenciarias o sistema penitenciario es el término con el que se designan a las instituciones o al sistema establecido para el cumplimiento de las penas previstas en las sentencias judiciales; especialmente las penas de reclusión, cuyo propósito, en el derecho penal contemporáneo y el derecho penitenciario, es la reinserción social del condenado. Refiriéndonos a los antecedentes de la prisión en nuestro país podemos hablar de 3 etapas: Prehispánica, Colonial y después de consumada la independencia de nuestros días. Entre los antiguos pobladores de lo que es la República Mexicana, no se conocieron sistemas penitenciarios ni cárceles, ya que aplicaban penas muy cruentas, tales como la esclavitud, el sacrificio, el empalamiento y el destierro. Ya con la llegada de los españoles se implementaron los tribunales de la llamada Santa Inquisición, en donde los castigos y tormentos eran semejantes a los aplicados en Europa. Con la guerra de independencia esta situación no varió mucho ya que se siguió el mismo procedimiento con el gobierno de Porfirio Díaz. La constitución de 1857 determino en su artículo 23 la creación de un sistema penitenciario, en 1874 las prisiones mexicanas se encontraban bajo responsabilidad del ayuntamiento. El tema de las cárceles es muy complejo, basta considerar que tan solo para delimitar el tema específico a tratar habrá de tomarse en cuenta al menos los siguientes puntos: Ámbito federal y estatal Menores de edad y adultos Hombres y mujeres Delincuencia organizada y común Peligrosidad máxima y mínima Así como de instalaciones especificas para medidas de seguridad. Un problema persistente en los sistemas penitenciarios es el hacinamiento, la sobrepoblación origina muchos otros problemas como riñas frecuentes de toda magnitud, abusos, corrupción que propicia la venta de toda clase de privilegios, que en condiciones aptas no serian tales y desde luego el tráfico interno de drogas se incrementa. Para darse cuenta o tener una idea de la magnitud del problema de sobrepoblación podemos consultar el cuaderno mensual correspondiente a febrero del 2015 publicado por la secretaría de seguridad pública federal la cual informa que la población total penitenciaria está en 257,291 internos, de los cuales 207,879 son del fuero común y 49,412 del furo federal. Aparte 243,916 son hombres y 13,375 son mujeres. Así mismo cuenta con 387 centros penitenciarios de los cuales 17 depende del gobierno federal, 11 al distrito federal, 285 de los gobiernos estatales y 74 de los municipales. Existiendo una sobrepoblación de 54,063 internos, en 210 instituciones penitenciarias. Esta práctica empleada en México tiene graves consecuencias, entre ellas una saturación de 125% de su capacidad, aunque hay algunas que tienen 270%, lo que provoca en la población carcelaria el denominado “autogobierno” que impone reglas y genera actos de violencia como el de homicidio que supera hasta 10 veces a las que enfrenta la población en libertad. Ahora habría que preguntarse si los altos muros perimetrales de las prisiones servirán para que los que se encuentren adentro no escapen o para que la gente que está fuera no vea o no se entere de todo lo que sucede dentro de la institución. Por lo que sería necesario que se defina y se haga conciencia entre la ciudadanía en general tales irregularidades que no solo afectan a los internos y a sus familiares, sino a toda la población, dado que además de la forma irregular en que se custodia a los internos propicia que estos sigan delinquiendo durante su reclusión y que también se dan efectos negativos que afectan la economía, comenzando por el alto costo de mantener privados de su libertad a quienes bien podrían estar libres, seguido de los efectos sociales pues el inadecuado tratamiento de los internos produce efectos negativos tanto durante el cumplimiento de su condena como al quedar en libertad una vez cumplida esta. Otro de los aspectos que se deben tomar en cuenta es la falta de centros penitenciarios modernos, equipados y administrados debidamente el cual el propicia el incumplimiento de normas fundamentales, como son la debida separación de los sentenciados tras una clasificación de cada uno de los internos y para evitar que delincuentes de poca peligrosidad o aquellos que delinquen por primera vez tengan contacto con reincidentes o de mayor peligrosidad. Así mismo, de lograrse uno de los objetivos de la reforma constitucional, consistente en procurar disminuir la privación de la libertad como medida precautoria durante el proceso, habría un ahorro de recursos que pueden ser empleados para otros fines, independientemente de que al dejar de dictar prisión preventiva para miles de procesados, se evitaran los efectos negativos en el ámbito laboral y familiar que la prisión preventiva ocasiona.