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- Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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AutorRespuesta No: 387495
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Febrero de 2016 09:43 2016-02-24 09:43 desde IP: 189.147.101.15
Bueno, mira, eso de se estableció en el juicio que le diera 8 mil pesos más el pago de la carrera suena muy complicado. Porque la ley manifiesta que los alimentos deben de proporcionarse en la necesidad del acreedor alimentario y en la posiobilidad del acreedor alimentario, así que si tu hermano consintió en pagar una cantidad que sabia que no podía cumplir o que se llevaría el mayor porcentaje de sus ingresos, es responsabilidad de él. Porque tu hermano debió de defenderse aportarle los elementos al juez de sus ingresos ordinarios como extraordinarios para una pensión equitativa. Ahora, si tu hermano en el momento del divorcio si contaba con los ingresos para sufragar la pensión que en ese momento consintió y ahora ya no los percibe, puede promover un juicio de reducción de pensión alimenticia, porque sus condiciones económicas cambiaron, debiendo demostrar sus ahora ingresos para una posible reducción y el cese de los alimentos tendría que ser en el momento que la jovencita cumpla los 18 años y haciendo alusión a que es mala estudiante, solicitando que el juez pida un historial academico a la escuela de la jovencita y demás. En relación a la nueva demanda, si tu hermano está cumpliendo con la pensión corriente, no pueden demandarle una nueva de manera retroacctiva. Que se defienda tu hermano, pero será él el que tenga que hacer, y él es el que tiene que buscar a un abogado para que lo represente en los juicios. Porque si él sigue aceptando las condiciones de su ex esposa, tu no podrás hacer nada y lo dejaran en la calle
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