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AutorRespuesta No: 387498
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Febrero de 2016 10:15 2016-02-24 10:15 desde IP: 189.147.101.15
No es legal solicitar de manera retroactiva el nuevo incremento. Al haberse vencido el contrato hace 3 años y al seguir las partes cumpliendo con el mismo, opera la figura llamada Tacita Reconducción, por lo que tendrían que seguir las cosas en el mismo tener del contrato firmado hace tres años, hasta que el nuevo contrato esté firmado con el incremento. Pero no el pago retroactivo de un incremento no notificado oportunamente.
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