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AutorRespuesta No: 387526
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Febrero de 2016 23:43 2016-02-26 23:43 desde IP: 201.141.158.191
La acción ejecutiva mercantil no prescribe nunca, sólo le es oponible la excepción de prescripción al momento de contestar la demanda y una vez que ya ha sido embargado. Pero además cada pago parcial que Usted ha hecho al pagaré actualiza la deuda.
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