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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Febrero de 2016 20:50 2016-02-21 20:50 desde IP: 187.207.220.195
Buenas noches. Que no lo intimiden con ese cuento, Ud. como padre de la menor, puede iniciar en cualquier momento un juicio de reconocimiento de paternidad, ofreciendo la pericial en genética, eso lleva implícito una vez reconocida la paternidad, que la madre esté en la posibilidad de demandarle el pago de alimentos para la menor, es necesario que guarde todos los comprobantes de la ayuda económica que le ha dado a la menor para que no traten de cobrarle alimentos en forma retroactiva. De igual forma puede solicitar en el mismo juicio un régimen de visitas y convivencias. Es importante que Ud. sepa que aun cuando la señora ya hubiera registrado a la menor solo con sus apellidos, una vez que el juez le reconozca los derechos de padre, el juez ordenará al Registro Civil la corrección del acta respectiva. Espero que esta información le sea de utilidad. Saludos Cordiales.
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