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  • Consulta : 279090
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 387409

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Mientras sigan estudiando y estén acorde con la edad y el nivel de estudios, la obligación de cubrir alimentos es hasta los veinticinco años de edad. Lo qué sí puede hacer es solicitar al Juez que la pensión al hijo mayor se la suministre directamente a él sin intervención de la madre.