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  • Consulta : 278956
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 387231

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Está en un error si piensa que muerto uno de los cónyuges el otro es dueño absoluto de los bienes de la sociedad conyugal. Muerto uno de los cónyuges, se debe denunciar su sucesión para que sus bienes se distribuyan de conformidad a su testamento si lo hay o de conformidad al parentesco. Usted como cónyuge supérstite es dueño de la mitad de la casa por gananciales, más una parte igual a la de cada hijo de no haber testamento. No le pueden despojar. Deben denunciar la sucesión para que se reconozcan a los herederos que serán Usted y sus hijos de no haber testamento. Por otra parte suponiendo que sí existe un testamento en el que Usted no esté contemplado, aún así seguirá siendo dueño de la mitad de la casa. Le recomiendo que demande alimentos a sus hijos antes de denunciar la sucesión. Necesita de abogado especialista en la materia pero tenga mucho cuidado con cuanto coyote que se la vive en este foro publicando datos de contacto. Mucho ojo.