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AutorRespuesta No: 387184
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Enero de 2016 22:32 2016-01-26 22:32 desde IP: 189.252.220.10
No dices de que parte de la Repùblica haces tu consulta, pero lo normal es que promuevas ante el juzgado civil o familiar, una demanda de Jurisdicciòn Voluntaria de alimentos y convivencia, y en la misma puedes consignar el importe de la pensiòn que entregas, para que al emplazar a la Sra se le notifique que hay ese dinero a su disposiciòn en el juzgado y que manifieste acerca de lo que demandas. La convivencia no se te puede negar AUN CUANDO NO APORTES para cubrir la obligaciòn alimentaria que tienes para con tu menor hijo, porque la convivencia con los padres es un derecho de los menores, no un privilegio para los padres. Si en tu localidad existe el Sistema DIF, seguramente tienen un área en la que te podrán ayudar sin cobrarte.
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