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AutorRespuesta No: 387065
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Fecha de respuesta: Sábado 16 de Enero de 2016 18:34 2016-01-16 18:34 desde IP: 201.141.152.63
Sólo los acreedores puede intervenir e incluso denunciar la sucesión de sus deudores, pero en su caso como no existe laudo, sólo puede solicitar un embargo precautorio y de obtenerlo entonces sí podría intervenir en la sucesión. Su abogado debe conocer los requisitos para tramitar un embargo precautorio, además de las consecuencias de conseguirlo y no obtener laudo favorable.
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