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  • Consulta : 278848
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 387065

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sólo los acreedores puede intervenir e incluso denunciar la sucesión de sus deudores, pero en su caso como no existe laudo, sólo puede solicitar un embargo precautorio y de obtenerlo entonces sí podría intervenir en la sucesión. Su abogado debe conocer los requisitos para tramitar un embargo precautorio, además de las consecuencias de conseguirlo y no obtener laudo favorable.