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  • Consulta : 278690
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 386782

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buen día. A juicio muy personal USTED YA NO PUEDE HACER ABSOLUTAMENTE NADA. Recordará usted en sus clases de derecho constitucional que reza "Nadie puede ser demandado DOS VECES por el mismo delito" entiendo que esto es muy socorrido por penalistas y que se dirá es materia civil, sin embargo si el reo ya fue oído y en su caso decretado absuelvo en juicio, iniciar de nueva cuenta una demanda en su contra aun caiga en otro juzgado opondrá la excepción de COSA JUZGADA acompañando a juicio la resolución del Juzgador que le declara absuelvo. Aun usted lograra en medios preparatorios arrancar la confesión que el contrato tuvo lugar (que no lo creo tan tonto para confesar algo que ya gano), no servirá de nada pues insisto, ese medio preparatorio servirá de base para la demanda y una vez que la presente argüirá la excepción de cosa juzgada y listo. Mi amigo, ese caso esta materialmente perdido.