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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Diciembre de 2015 13:39 2015-12-18 13:39 desde IP: 189.163.249.91
Hola buen dia. Principio quieren las cosas reza el refran. Por principio de cuentas un AMPARO no es la figura legal que usted necesita. Este se pide cuando las garantias individuales de un ciudadano han sido vulneradas por cualquier autoridad ya sea de índole municipal, estatal o federal..o su pareja no es una autoridad ni las acciones que ella toma se consideran actos de autoridad NO ES PROSPERANTE EL AMPARO. Como se menciona arriba por alguno me mis colegas, lo ideal aquí es pedir pensión alimenticia, aunque eso que los alimentos abarcan el vestido, la educacion, la vivienda la salud etc etc es tanto como decir que el salario minimo debe alcanzar segun la constitucion para todas las necesidades primarias del prabajador, como casa, comida, recreación salud etc etc y usted dígame si con el salario mínimo de hoy en día se puede cubrir todo ello. Algo similar sucede con los alimentos...tradicionalmente el Juez otorga los alimentos atendiendo a la posibilidad de quien los entrega y la necesidad de quien los pide pero que en términos prácticos se traduce en un 20% del salario del deudor alimentista. En otras palabras si el señor trabaja y gana 1000 pesos a la semana le asignaran 200 pesos al menor y ello debe alcanzarle para la vivienda, la comida, el vestido, el transporte la colegiatura etc etc pero como dice el dicho peor es chile y agua lejos... demande esa pension y ya que el Juzgador determine la cantidad que deba darle de alimentos en favor de su hijo y vaya preparándose porque quizá deba también usted salir a trabajar. Lo dicho por el abogado que antecede no es correcto... ya hay tesis jurisprudencial y criterio sostenido de la corte que tanto una mujer como un hombre son aptos para cuidar al bebe. el hecho que señala el abogado que antecede que si son menores de edad se le queda a la madre ese criterio ya quedo superado y hoy día ya no se aplica
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