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  • Consulta : 278673
  • Autor : Abogado Felipe
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  • Autor
    Respuesta No: 386725

  • Abogado Felipe
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Consultante Le explico mire un contrato de prestacion de servicios profesionales es materia civil porque el sujeto es un profesionista a quien le pagan sus honorarios por la prestacion de sus servicios profesionales ok. Ahora bien, usted pregunta porque sigue trabajando recibiendo su pago de honorarios pese a que el tiempo para el cual fue contratado se ha cumplido? Pues puede ser porque la materia del trabajo que realiza subsiste esto aplicando supletoriamente nuestra Ley Federal del trabajo y el dia que quien la contrato deje de necesitar sus servicios segun el punto de vista de un servidor no sera despido sino terminacion de la relacion de trabajo ok