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Fecha de respuesta: Martes 22 de Diciembre de 2015 19:42 2015-12-22 19:42 desde IP: 187.140.203.129
Todo acto o contrato..traslaticio de dominio...de bienes inmuebles...x ley....debe hacerse ante notario...si endosan una escritura...no representa en forma alguna un interés cierto en dar la figura de concentimiento....y adolece de vicios en la voluntad...lo q anula el acto
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