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  • Consulta : 278379
  • Autor : Abogada Mónica
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  • Autor
    Respuesta No: 386169

  • Abogada Mónica
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lo más sencillo es acudir ante la CONDUSEF, evidentemente el banco no puede disponer de tu dinero para los fines que ellos quieran SIN IMPORTAR CUANTAS DEUDAS TENGAS CON ELLOS, digamos que tienes tu cuenta de nómina y una de crédito y aun cuando la de nómina tuviera un saldo de un millón y tu no hubieses pagado la de crédito no pueden hacer el cargo de manera directa, es algo que debes autorizar por contrato, ahora la cláusula que transcribes claramente dice que el banco puede disponer de esa cuenta para hacer el pago de los adeudos correspondientes a ese CONTRATO es decir solo les autorizas a disponer de ella para el crédito automotriz, por tanto incurren en una irregularidad. Ahora la CONDUSEF es únicamente un órgano administrativo y no tiene facultad de obligar al banco a, en un momento dado, devolverte en dinero, por lo cual lo mejor es acudir ante un juzgado obviamente acompañado de un abogado y dar aviso a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que determine si por esta cuestión el banco amerita ser sancionado. Buen día.