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AutorRespuesta No: 385832
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Septiembre de 2015 20:03 2015-09-27 20:03 desde IP: 189.217.23.127
Si bien Usted ya no pude reclamar la reistalación, sí puede y debe demandar la indemnización constitucional ante el Tribunal Federal de Justicias Fiscal y Adminsitrativa.
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