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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Septiembre de 2015 10:39 2015-09-23 10:39 desde IP: 201.138.155.207
Se desistio por escrito presentado ante el juzgado?. O llego a un arreglo con el demandado? En el primer caso tendra que ratificar su Escrito de desistimiento A veces primero ratificas y luego promueves en juzgado por celeridad. Para la segunda pueden realizar escrito de que ambas partes han llegado a un acuerdo y señalan todo eso y se fijara fecha en juzgado para ratificar el convenio presentado. Y si necesitara contratar un abogado de su confianza a fin de evitarse problemas. Y el juicio ejecutivo mercantil? Esa es su principal caracteristica el embargo que es para garantizar el pago pues si el demandado no tiene nada con que pagar No tendria caso ni siquiera iniciar un juicio en su contra, verdad? Saludos cordiales.
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