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AutorRespuesta No: 385651
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Septiembre de 2015 07:21 2015-09-21 07:21 desde IP: 189.134.149.134
Mientras son incapacudades por riesgo de trabajo se te paga el 100% del salario de cotización. Una vez declarada la IPP, en tu caso, si se te valuó en 50% el daño, se pagará el 50% del 70% de tu salario de cotización. Y tu patrón estará obligado a acomodarte en un puesto que puedas desempeñar, si esto no es posible se puede terminar la relación laboral.
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