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AutorRespuesta No: 385584
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Septiembre de 2015 12:09 2015-09-18 12:09 desde IP: 187.140.208.170
Claro que es posible.
Acuda ante el Registro Civil a tramitar el reconocimiento de la misma, con el acta de nacimiento que ya tiene y su presencia.
Otra opción es el juicio de paternidad.
Saludos.
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