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AutorRespuesta No: 385563
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Septiembre de 2015 21:46 2015-09-17 21:46 desde IP: 189.217.24.191
Si la Unidad está constituida bajo el régimen de propiedad en condominio, es claro que en Asamblea de Condóminos se pudo acordar el pago de las cuotas de mantenimiento, o bien si es de reciente construcción la constructora tiene derecho a administrar por un año, aunque Usted no firmara las actas. Si es el caso es claro que está obligado a pagar las cuotas de mantenimiento, pero también los es que no le pueden prohibir el acceso a su casa, sólo no le abrirán la puerta y Usted tendrá que hacerlo directamente.
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