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AutorRespuesta No: 385572
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Septiembre de 2015 00:32 2015-09-18 00:32 desde IP: 189.217.24.191
Efectivamente. Si Ustedes aceptaron la indemnización de servidumbre de paso a la CFE, éste fue sobre las líneas de distribución de energía eléctrica, por lo que no les facultarons para otorgar otra servidumbre, sobre todo si esta empresa ingresa al ejido. Demanden ante el Tribunal Agrario incluso el retiro de las líneas.
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