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AutorRespuesta No: 385548
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Septiembre de 2015 19:25 2015-09-17 19:25 desde IP: 189.217.24.191
El 10 de septiembre pasado la SCJN reconoció el derecho de una persona mayor de recibir alimentos retroactivos al nacimiento y con intereses del seis por ciento anual, si el padre no le reconció en su momento. Usted debe aclarar si su padre biológico tenia conocimiento de su existencia.
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