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Fecha de respuesta: Domingo 13 de Septiembre de 2015 21:29 2015-09-13 21:29 desde IP: 189.134.228.122
¿Exactamente a qué te refieres con juicio de nulidad y en qué términos se concluyó?
¿Edad?
La ley del ISSSTE no contempla un período de conservación de derechos en pensiones.
Suponiendo que tienes menos de 58 años, si no retiraste tus aportaciones (indemnización global), cumpliendo 60 años se te debe otorgar una pensión por retiro por edad y tiempo de servicios.
Para trabajadores del décimo transitorio no hay pensión anticipada.
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