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AutorRespuesta No: 385292
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Septiembre de 2015 19:43 2015-09-10 19:43 desde IP: 187.176.101.171
No, porque la circunstancia que el juicio haya demorado 10 años, no necesariamente ha sido por negligencia del abogado que inicialmente contrató (en muchas ocasiones, durante el trámite del juicio, los abogados del patrón promueven incidentes o amparos indirectos, precisamente con la finalidad de retardar los procedimientos); además, poco o mucho, el trabajo que hayan hecho, usted está obligada a pagárselo.
Adicionalmente, debe tener presente también que si el laudo le favorece, seguramente condenarán alpatrpn a pagarle los salarios caídos de esos 10 años, por lo que en forma alguna podrá verse perjudicada económicamente; antes bien, por el contrario, tendrá un beneficio considerable.
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