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  • Consulta : 276525
  • Autor : Oscar777
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  • Autor
    Respuesta No: 385259

  • Oscar777
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buen día estimado consultante!, le sugiero que asista ante la autoridad que lo requirio, finalmente la persona que recibio el delito es la misma que esta siendo requerida para ratificar, NO PASA NADA, al contrario esta dejando asentado lo que le sucedio y si el día de mañana encuentran a los culpables tenga por seguro que habrá hecho lo correcto... RATIFICACIÓN en términos claros es afirmar lo acontecido y no te tardas ni cinco minutos ratificando, lo tardado aqui es que te reciba el Ministerio Público... saludos amigo y si requieres de representación o asesoria 7224976343, saludos.