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  • Consulta : 276340
  • Autor : Luis_R.
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    Respuesta No: 385149

  • Luis_R.
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    A su padre le corresponde el 50% y el otro a los hijos de su tio. Puede tramitar el sucesorio si no es que ya lo esta tramitando y negociar el 50% con los hijos del tio Porque legalmente les corresponde ese 50% y no es obstaculo el que ustedes hayan habiten el inmueble durante mucho tiempo o hayan construido pues no era totalmente de su propiedad. Saludos cordiales.